viernes, octubre 05, 2018

No es lícito coaccionar a los infieles



El recurso a la coacción y a la violencia con el fin de obtener la conversión es lo radicalmente opuesto al programa luliano. Este recurso, teóricamente defendido o prácticamente ejercido, no era infrecuente en el ideario misionero de la época. Y mereció la atención explícita de Ramon Llull. Su respuesta más elaborada la encontramos en la obra 34. Ars iuris.
La inclusión en esta obra nos obliga a pensar que el autor no presenta su respuesta contraria a la coacción a modo de consejo fruto de la buena intención, sino que declara explícitamente su ilegalidad con argumentos teológicos de peso.

Los argumentos

Los cuatro argumentos se formulan siguiendo el triángulo de la figura T de 27. Ars demonstratiua. Los tres primeros toman en cada caso uno de los triángulos, mientras el cuarto argumento los combina a los tres.
 
a) Argumento 1 [diferencia - concordancia - contrariedad]
 En general la diferencia se da bien entre términos concordantes o bien entre términos contrarios. En este caso la diferencia entre católico e infiel arranca de su respectiva relación con Dios; desde el punto de vista cristiano la relación del infiel con Dios es de contrariedad, puesto que no cree en todo lo que Dios ha manifestado y mandado.
 Por otra parte, solo se mantiene la concordancia en proporción al mantenimiento de las propiedades de las cosas, es decir, la realización de los principios de bondad, grandeza etc.
 El argumento mantiene que dicha realización se vería frustrada por la coacción al bautismo, que establecería en el infiel una falsa concordancia solo ficticia, no acto real del sujeto a partir del desarrollo de sus propiedades, sino por fuerza ajena.
 Entre las doctrinas lulianas sugeridas de fondo, recordemos que la finalidad de la creación requiere de cada ser la realización de sus propiedades, a imagen de como la Trinidad es la plena realización de las dignidades divinas.
 
b) Argumento 2 [principio - medio - fin]
 Algo más complejo que el anterior, este argumento aplica el segundo triángulo y pueden distinguirse cuatro pasos:
 1. Primero se recuerda que Dios es el fin último (especificado como objeto de la memoria, entendimiento y voluntad humanas), el principio (creador de todas las cosas y, por tanto, de las facultades que puede y debe ejercer el hombre) y el medio (es Dios mismo que hace posible la acción del hombre).
 Se recuerda, por tanto, la insistente tesis luliana sobre el primer mandamiento.
 2. En consecuencia, el servir a Dios (mandamiento) y el gozar de él (visión beatífica) son actos que suponen una forma y una materia determinadas. En este caso, las potencias del alma son la materia que debe ser ordenada, de modo que la recepción de la forma haga efectivo su correcto ejercicio.
 Lo que sigue va a tener en cuenta que las potencias del alma frente al objeto sobrenatural, que es Dios, necesitan recibir de él una forma que haga posible su acto. Estas formas son las virtudes teologales de fe, esperanza y caridad. Ahora bien, aquí hay que tener presente que la caridad es, a su vez, otorgada como forma de la fe. De lo cual, en uno de sus corolarios, se afirma que un pecado contra la caridad (en realidad todo pecado) supone una pérdida de la virtud de la fe (se pasa a la fe informe).
 3. Desde este punto de vista, la coacción implica que el infiel no posee realmente la fe, puesto que su acto no se realiza por medio de la caridad, sino por la coacción de otro.
 Precisemos que el acto de caridad, que es propiamente forma de la fe, consiste en creer en Dios por amor a Él.
 4. La coacción, además, supone que el católico peca contra la caridad al privar de libertad al infiel, incurriendo así en la deformación de su propia fe, es decir pasando al estado de "fe informe".
 
c) Argumento 3 [mayoridad - igualdad - minoridad]
 Se destacan tres puntos.
 1. La consideración antropológica apunta a la prioridad substancial del alma sobre el cuerpo. Por ello se argumenta que la relación con Dios debe basarse en aquello que es propio de la naturaleza espiritual (el reconocimiento libre de la verdad) y no en aquello que recurre a la coacción corporal.
 2. La comparación se aprovecha para introducir uno de los temas más repetidos por Llull: el predicador de la verdad de la fe cristiana debe estar siempre dispuesto al martirio. De todas formas, la expresión parece incluir algún reproche a ciertas opiniones de su tiempo: el martirio debe considerarse al servicio de la predicación, no como valor en sí mismo.
 3. El argumento apologético de “hacer el bien” a los infieles, principalmente a los que conviven en territorios cristianos, es un tema también repetido en los escritos de Llull. Se insiste en aligerar las cargas con las que eran gravados, así como a la convivencia entre vecinos.
 Cabe resaltar la mención de la libertad entre las propiedades que conforman el ser, como bondad y los demás principios. Es una tema que debe relacionarse con la relevancia del tema del libre albedrío, así como la constante preocupación de Llull por una correcta comprensión de la cuestión de la predestinación, que debe mantener salva en todo momento la libertad humana.
d) Argumento 4
 Se resumen razones ya expuestas situándolas en una perspectiva de lo que podría llamarse “convivencia espiritual”.
 En primer lugar, sugiriendo que la unión debe conseguirse más con la comunidad espiritual, que no con la unidad material (impuesta por conquista, por ejemplo).
 En segundo lugar, la búsqueda común de la verdad, en igualdad de condiciones. Igualdad que se vería rota por la coacción corporal.
 Como colofón, se aduce el ejemplo de los apóstoles de Jesucristo. Este argumento tiene en Ramon Llull dos aspectos esenciales. El primero, el que aquí se menciona, es la ejemplaridad de los apóstoles en la vida de pobreza y en la disposición al martirio. Pero, por otro lado, el argumento sirve para distinguir entre el “tiempo de los apóstoles”, en que el éxito de la predicación se debió a la vida ejemplar y al martirio y a sus milagros, y el “tiempo presente”, en que la predicación debe llevarse a cabo por la vida ejemplar y el martirio y la discusión usando “razones necesarias.”
 
Conclusión
 Las conclusiones que presenta Ramon Llull son en sí mismas muy relevantes. La exclusión de la coacción y de la violencia son taxativas. Ahora bien, la importancia de sus afirmaciones reside en el hecho de que son el resultado de una demostración teológica cuyos fundamentos se sostienen principalmente en el primer precepto (recordar, conocer y amar a Dios) que señala el fin del hombre y la razón de todo el universo. El cumplimiento de este precepto en su forma verdadera, es decir en la fe católica, solo es posible como decisión libre que deberá contar con una reflexión comprensiva preparatoria y necesitará del don gratuito de la caridad.


*****

El texto:


Si alguien debe ser obligado a abrazar la fe católica contra su voluntad.
 En la respuesta usamos estos significados:

A = Dios
B = el católico
D = el infiel
E = el alma del católico
F = el cuerpo del católico
G = el cuerpo del infiel
H = el alma del infiel
 
[1] Entre B [católico] y D [infiel] se da una diferencia motivada por la contrariedad que se observa respecto de A [Dios], pues mientras entre A [Dios] y B [católico] hay concordancia, entre A [Dios] y D [infiel] hay contrariedad. Ahora bien, a la concordancia le corresponde actuar con la grandeza de la bondad etc. Así pues, B [católico] no debe obligar a D [infiel] a creer en A [Dios] con la minoridad de la bondad, de la grandeza, etc. que se daría si D [infiel] fuese bautizado por fuerza.

[2] A [Dios] es el fin por el cual B [católico] y D [infiel] existen, por cuanto A [Dios] es recordable, inteligible y amable, de forma que A [Dios] es el principio y el medio de B [católico] y D [infiel]. De ello se sigue que B [católico] y D [infiel] deben gozar y servir a A [Dios] según forma, bajo cuya forma debe disponerse la materia de aquella fruición. Ahora bien, tal materia se hallaría indispuesta en E [alma católico] y H [alma infiel] si se forzara a H [alma infiel] mediante la coacción de G [cuerpo infiel], ya que de este modo D [infiel] no actuaría con el medio de conjunción de la caridad ni con la fe y carecería de principio y de fin. Además, al privarle de libertad, B [católico] no actuaría con la forma de la fe, de la caridad etc. Por todo ello D [infiel] no debe ser obligado.

[3] Respecto de la substancia la mayoridad es mayor en E [alma católico] que en F [cuerpo católico]. Ahora bien, A [Dios] es recordable etc. con la mayoridad de la bondad de la libertad etc., que no con la minoridad. Así pues, B [católico] no debe obligar a D [infiel] en G [cuerpo infiel] sino en H [alma infiel] por la predicación, exponiendo la verdad de la fe católica. B [católico] debe, además, soportar la muerte de F [cuerpo católico] con el fin de conducir H [alma infiel] a A [Dios] por la predicación. Más aún, debe otorgar a D [infiel] bienes a disposición de G [cuerpo infiel], con los que induzca a H [alma infiel] a amar a A [Dios].

[4] Resulta evidente que B [católico] y D [infiel] pueden establecer entre ellos mayor concordancia e igualdad por la conjunción de E [alma católico] y H [alma infiel], que no por la conjunción de F [cuerpo católico] y G [cuerpo infiel], en vista a principio, medio y fin. De ello se sigue que B [católico] debe conducir a D [infiel] al camino de la verdad reflexionando sobre la mayor concordancia de principio, medio y fin de la substancia, y de la igualdad de las bondades, grandezas, perfecciones etc. de E [alma católico] y H [alma infiel], en contra de la minoridad de la misma H [alma infiel], la cual H [alma infiel] se vería reducida a minoridad por la coacción de G [cuerpo infiel]. A este respecto contamos con el ejemplo de los apóstoles de Cristo, que de este modo condujeron a los infieles al camino de la verdad.

Por todo ello, resulta evidente que el infiel no debe ser obligado a abrazar la fe católica contra su voluntad.

La asunción de la Virgen María (1)

Sobre la cuestión 139 de 76. Disputatio eremitae et Raimundi super aliquibus dubiis quaestionibus Sententiarum Magistri Petri Lombardi (1298).
La cuestión se formula sobre la identidad del cuerpo glorioso en cuanto dotado de sutilidad. La solución establece que no se tratará de un don natural, sino recibido por milagro.
En el cuerpo de la demostración se sirve del estado del cuerpo de la Virgen María después de su asunción al cielo en cuerpo y alma. El razonamiento se desarrolla a partir de la naturaleza del cuerpo como compuesto por los cuatro elementos.
Se establece un hecho como punto de partida: en el cielo el cuerpo ha perdido su gravedad y resulta más leve que en su existencia terrena. Esta afirmación sobreentiende que en la realidad celestial los cuerpos no son atraídos hacia el centro de la tierra, de lo contrario caerían sobre ella, sino hacia su propio centro, que es el centro del cielo empíreo. Esta naturaleza es propia de los cuerpos celestes, como el sol y los planetas, pero no de los cuerpos de la esfera sublunar, sometidos a la composición elemental.
De este modo, la presencia de un cuerpo terrenal en el cielo solo sería naturalmente posible si por naturaleza la gravedad propia de los elementos (agua y tierra) pudiera separarse del cuerpo. Ahora bien, esto no es posible puesto que la identidad elemento-propiedad llevaría a concluir que los elementos de agua y tierra habrían sido abandonados en la tierra. La consecuencia de esta suposición sería, a su vez, que el cuerpo ascendido tendría otra configuración y tendría que considerarse diferente (sin identidad de número).
Así pues, el estado del cuerpo terrestre en el cielo, tal como se da en la Virgen María y se dará en los cuerpos resucitados, no puede explicarse por vía de la naturaleza, sino que solo es posible por una disposición milagrosa de Dios. Esta disposición consiste en que la naturaleza elemental, dirigida hacia el centro de la tierra, es milagrosamente redirigida hacia el centro del cielo empíreo.

El texto comentado nos ilustra sobre 1) la claridad con que se argumenta la asunción de María en cuerpo y alma,  y la amplitud de la mariología luliana; 2) el recurso a la ciencia física con que Llull apoya muchas de sus argumentaciones



domingo, mayo 08, 2005

Incipit

Abierto este blog hace bastantes años desea llegar a reunir comentarios y notas sobre la obra de Ramon Llull y ponerlos a disposición de todos los interesados por este polifacético autor de la Edad Media.
Este blog tiene un hermano mayor, pero poco fecundo, que es  www.jordigaya2.eu.